Academia Nacional ANIDET

NORMAS TÉCNICAS Y ADMINISTRATIVAS 
PARA LAS 
ACADEMIAS DE INVESTIGACIÓN Y 
DESARROLLO TECNOLÓGICO

 AGOSTO 2003




Presentación:


La globalización e integración económica que se ha dado a nivel mundial durante el último siglo, exige un mayor desarrollo tecnológico, que modifique en gran medida la dinámica de la economía mundial. En diversos ámbitos se han registrado cambios que conllevan a crear condiciones más favorables para responder a la actual situación y al desafío del entorno económico.


De la consistencia, profundidad y eficacia de las estrategias que se implementen para ello, dependerá el desarrollo y la competitividad de los países en el escenario económico de las próximas décadas.


Debido a la importancia que el desarrollo tecnológico ha alcanzado mundialmente y a la necesidad que nuestro país tiene de ser más competitivo y participativo en este sentido, es necesario impulsar y fomentar la investigación científica y tecnológica para poder alcanzar el desarrollo armónico e integral que se requiere


En concordancia con lo anterior, el Programa Nacional de Educación 2001-2006, señala entre otros objetivos el de, “...incorporando sus contenidos a los avances de la humanidad, la ciencia, la tecnología, las innovaciones pedagógicas y didácticas de la enseñanza fundamentada en el aprendizaje, y de la formación basada en competencias laborales.


El programa considerará, entre otros aspectos, la cooperación entre instituciones a nivel Nacional, para socializar las mejores propuestas sobre formación docente en las distintas áreas del conocimiento, y el intercambio de los recursos humanos entre las escuelas para generar redes que impulsen el desarrollo docente y la capacidad de innovación...”


En este contexto, son las escuelas las responsables de diseñar la mejor estrategia para enfrentar con éxito los retos que trae el cumplimiento de tales objetivos.


Por tal razón, la Dirección General de Educación Tecnológica Industrial, dentro del Programa de Investigación y Desarrollo Tecnológico bajo la responsabilidad de la Subdirección de Vinculación con el Sector Productivo, apoyará el avance del desarrollo que necesita el país, orientando, motivando y creando las condiciones pertinentes para que los docentes investigadores de esta institución, realicen proyectos de investigación y desarrollo tecnológico que fortalezcan al subsistema.


El Programa de Investigación y Desarrollo Tecnológico


Debido a la importancia y al rápido desarrollo científico y tecnológico que se ha alcanzado mundialmente, nuestro país en su objetivo de alcanzar altos niveles de competitividad y calidad, requiere de impulsar a la investigación científica y tecnológica dentro del sistema educativo nacional, aprovechando los conocimientos que de las aulas se emanan para el apoyo y desarrollo de los sectores social y de bienes y servicios, en bien del país.


Por ello la Dirección General de Educación Tecnológica Industrial (DGETI) tomó ese compromiso creando el Programa de Investigación y Desarrollo Tecnológico, apoyando con ello la vinculación con el sector productivo; este Programa a través de las Academias de Investigación y Desarrollo Tecnológico Locales, Estatales y Nacional, promueve a la investigación científica y al desarrollo tecnológico entre el personal docente y los alumnos de la institución, cubriendo todo el territorio nacional.


Al contar con un programa de este tipo dentro de la institución, se promueven a las vocaciones científicas, de investigación, de difusión del conocimiento y habilidades de los docentes y alumnos, a través de la elaboración de proyectos tanto de investigación científica como de desarrollo tecnológico en todas las áreas del conocimiento, los cuales están encaminados al apoyo del proceso enseñanza-aprendizaje a la vez que dan solución a las necesidades de equipamiento de la propia institución, así como también sirven para coadyuvarlos con la comunidad y el entorno en el cual están insertos cada uno de los planteles de la DGETI.


Por lo anterior y para cubrir con estos objetivos, se creo el presente manual que funciona como el instrumento que norma y guía la operación del Programa de Investigación y Desarrollo Tecnológico, así como el de las Academias de Investigación y Desarrollo Tecnológico.


Las Academias de Investigación y Desarrollo Tecnológico
Las Academias de Investigación y Desarrollo Tecnológico nacen como un órgano dentro del Programa de Investigación y Desarrollo Tecnológico, con el fin de inducir a la investigación y desarrollo de proyectos científicos y tecnológicos, promoviendo la cultura científica de forma directa a todo el personal docente y alumnos dentro de la DGETI. Para lograr integrar esta cultura científica a todos los planteles que componen a la institución se instituyeron tres niveles de Academias de Investigación, una a nivel local constituida dentro del plantel denominada Academia Local de Investigación y Desarrollo Tecnológico (ALIDET), otra a nivel estatal que apoya a todas las ALIDET dentro de la Coordinación o Asistencia de Enlace Operativo, denominada Academia Estatal de Investigación y Desarrollo Tecnológico (AEIDET) y una más a nivel nacional, la cual involucra a todos los anteriores organismos denominándose Academia Nacional de Investigación y Desarrollo Tecnológico (ANIDET).


Las Academias de Investigación y Desarrollo Tecnológico en su conjunto tienen como objetivos:


1. Promover el autoequipamiento de los planteles a través de la implementación y desarrollo de proyectos encauzados a la reproducción de equipos necesarios para la práctica docente.
2. Generar la formación de los docentes investigadores a través de otros programas de formación, actualización y capacitación de la DGETI como el de Estadías Técnicas, Periodo Sabático, Cooperación Técnica Internacional, Licencias con Goce de Sueldo por Estudios de Posgrado, Apoyo Económico del COSNET por Estudios de Posgrado y Obtención de Grado.


3. Impulsar la vinculación del docente investigador con las instituciones y centros de investigación, así como, con las necesidades del sector productivo social y de bienes y servicios.

I. De los docentes investigadores

II.I. Características


Serán aquellos que como autores formulen, asesoren y desarrollen proyectos de investigación científica o educativa y de desarrollo tecnológico, los cuales deberán estar enfocados a resolver problemas relacionados con la institución y su entorno. Dichos trabajos serán avalados por la Academia Nacional de Investigación y Desarrollo Tecnológico, además de cumplir con el requisito de registro ante la Subdirección de Vinculación con el Sector Productivo de la DGETI.


Durante el periodo que tenga vigencia su registro como docente investigador no podrán participar en las siguientes acciones:
  • Desempeño de comisiones sindicales
  • Ocupar un puesto de confianza. (Directores de Áreas, Coordinadores o Asistentes Estatales, Director, Subdirector de plantel y Jefes de Departamento).
  • Desempeñar cargos de elección popular.
En caso de que el docente investigador infrinja lo dispuesto en lo señalado con antelación, se procederá a la cancelación de su registro.
Podrán ser docentes investigadores, todos aquellos que ostenten una plaza docente y que cumplan con las siguientes características:




  • Poseer como mínimo una licenciatura, y participar activamente en trabajos de investigación original de alta calidad, lo que se demostrará mediante la documentación de los trabajos de investigación.
  • Para los aspirantes con una trayectoria notable, avalados por sus proyectos de investigación científica o educativa, prototipos didácticos, tecnológicos y desarrollo de software que no ostenten el nivel académico señalado en el párrafo anterior, éste podrá obviarse, de acuerdo con la recomendación emitida por la Academia Nacional de Investigación y Desarrollo Tecnológico.
  • Identificarse plenamente con la Institución para involucrarse en sus problemas tecnológicos y necesidades de investigación, participar en proyectos que generen conocimiento y propuestas de solución.
  • Existir una afinidad, compromiso y vocación total de los docentes investigadores con la DGETI, a fin de crear grupos encauzados a formar alumnos investigadores.
  • Contar con la habilidad, capacidad e interés para coordinar trabajos en equipo.
  • Mantener buenas relaciones humanas para alcanzar una atmósfera adecuada para la investigación o el desarrollo tecnológicos.
  • Tener iniciativa, dedicación y motivación por descubrir, crear, innovar tecnología, formular y desarrollar proyectos de investigación.
Además deberán cumplir también con los siguientes requisitos:
  • Haber efectuado una destacada labor en la formación de recursos humanos mediante la dirección de al menos tres tesis o la impartición de cursos al personal docente. 
  • Tener la capacidad para dar respuesta a problemáticas científicas y tecnológicas.
  • Fungir como autor en trabajos de investigación científica o educativa y desarrollo tecnológico o en su caso hayan dirigido por lo menos tres trabajos desarrollados por alumnos.
II.I.I. De los miembros de las Academias de Investigación y Desarrollo Tecnológico


Para el caso de aquellos docentes que aspiren a ser miembro de una de las Academias de Investigación y Desarrollo Tecnológico, deberán cumplir además con los siguientes requisitos:
  • Ser docente investigador al momento de la convocatoria
  • Poseer como mínimo el grado de Maestría o Doctorado y participar activamente en trabajos de investigación original de alta calidad, lo que se demostrará mediante la documentación de los trabajos de investigación.
  • Para los aspirantes con una trayectoria notable, avalados por sus proyectos de investigación, prototipos didácticos, tecnológicos y desarrollo de software que no ostenten los grados académicos señalados en el párrafo anterior, éste podrá obviarse, de acuerdo con la recomendación emitida por la Academia Nacional de Investigación y Desarrollo Tecnológico. Sólo en el caso de los aspirantes a ser miembro de la Academia Nacional de Investigación y Desarrollo Tecnológico, dicha recomendación será emitida por la Subdirección de Vinculación con el Sector Productivo.
  • Acreditar la publicación de al menos dos artículos por año, en alguna de las revistas de difusión científica enlistadas en el anexo D.
La membresía de la academia será por un periodo máximo de dos años con cargo honorario que distinguirá a quien lo ostente, así como lo previsto en el presente documento en el apartado correspondiente a la organización y funciones de las Academias de Investigación y Desarrollo Tecnológico, que no puede declinarse sin causa plenamente justificada, sustentado en el artículo 44 fracciones I y III de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado y el artículo 25 fracc. V y VI del Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo de la S.E.P.


II.2. Funciones


Impartir clases en aulas o en laboratorios.
Participar en la elaboración y revisión de los programa de estudio, manuales de prácticas de laboratorio y materiales de apoyo didáctico.


Elaborar y evaluará prácticas de laboratorio, trabajos de estudiantes y exámenes.


Dirigir y evaluará trabajos de tesis.


Desarrollar y en su caso publicará ensayos, apuntes, artículos relacionados con trabajos de investigación y de divulgación científica.


Dirigir y brindar asesoría en prácticas de laboratorio, proyectos escolares de alumnos, visitas a empresas, proyectos especiales


Formular y desarrollar investigación en las áreas de prioridad de sus planteles.


Participar en exposiciones, concursos, simpósiums, congresos, seminarios, e impartirá conferencias.


Asesorar a los alumnos y al sector productivo en proyectos de investigación y desarrollo tecnológicos.


Participar como jurado en exámenes profesionales.


Planear y desarrollar proyectos de investigación, prototipos didácticos , tecnológicos y desarrollos de software.


Asistir a reuniones de academia de acuerdo con las asignaturas que se encuentre impartiendo y de investigación y desarrollo tecnológico en los cuales esté participando y tomar los acuerdos correspondientes.


Lo anterior se sustenta en los artículos 5 y 24 incisos d), e) y f) de las Normas que Regulan las Condiciones Especificas de Trabajo del Personal Docente de la DGETI, con excepción de los puntos 11 y 12.


II.3. Derechos


1. Tendrá derecho a una descarga académica para la realización de investigaciones y desarrollos tecnológicos, en tanto esta no se contraponga a las obligaciones estipuladas en el artículo 25 del reglamento de las condiciones específicas del personal docente de la DGETI, siempre y cuando se encuentre realizando un proyecto avalado por la Academia Estatal de Investigación y Desarrollo Tecnológico correspondiente.


2. Los docentes investigadores que desarrollen trabajos o proyectos de investigación, prototipos y de desarrollo de software podrán contar con la constancia correspondiente para concursar en el Programa de Estímulos al Desempeño del Personal Docente, previa evaluación y aprobación de dicho trabajo por parte de la Academia Nacional de Investigación y Desarrollo Tecnológico, con visto bueno de la Subdirección de Vinculación con el Sector productivo de la DGETI.


3. Los docentes investigadores que participen en proyectos de investigación y diseño-desarrollo de prototipos o de software, podrán ser registrados y autorizados por la Subdirección de Vinculación con el Sector Productivo de la DGETI con la previa evaluación y aprobación hecha por las academias de investigación local, estatal y nacional; además contarán con la constancia correspondiente para concursar en el Programa de Estímulos al Desempeño del Personal Docente.


4. Los docentes tienen derecho asistir a eventos internacionales, a obtener becas de posgrado, estadías técnicas, cursos internacionales


II. NORMAS Y LINEAMIENTOS GENERALES


III.1. Normas
En lo relacionado a los proyectos de investigación y desarrollo tecnológicos que coordina la Subdirección de Vinculación con el Sector Productivo, será necesario observar las normas siguientes:


1. Serán miembros de las Academias de Investigación y Desarrollo Tecnológicos, los docentes investigadores, que cumplan con las características mencionadas en el punto II.I, sin que esto represente una percepción de honorarios adicionales a su nombramiento.


2. Las Academias de Investigación y Desarrollo Tecnológico deberán reunirse una vez cada tres meses dentro de los 10 primeros días de los meses de abril, julio, octubre y enero, remitiendo el acta de la sesión de dicha reunión a la Academia inmediata superior o la Subdirección de Vinculación con el Sector Productivo en el caso de la Academia Nacional, avalada por el Jefe del Departamento de Vinculación del plantel o la Coordinación o Asistencia Estatal de Educación Tecnológica, según sea el caso.
3. La Dirección del plantel, Coordinación o Asistencia correspondientes deberán facilitar las reuniones de las Academias que los docentes investigadores requieran para el cumplimiento de sus funciones.


4. La Dirección del plantel deberá considerar una partida de la cuenta de ingresos propios que se genere por la producción de bienes o prestación de servicios, para apoyo en la adquisición de materiales que se requieran para la elaboración de proyectos de investigación y desarrollo tecnológico o de autoequipamiento, que por causa debidamente justificada o prioritaria sea necesario terminar; siempre y cuando se cuente con la aprobación de la Academia Local de Investigación y Desarrollo Tecnológicos correspondiente.


III.2. Lineamientos


Además de ajustarse a las normas descritas, deberán considerarse los lineamientos siguientes:


1. Es necesario estrechar la relación con el sector productivo de bienes y servicios y social del entorno local y estatal, para establecer convenios de ayuda mutua en la realización de proyectos de investigación y desarrollo tecnológicos, apoyándose con los Jefes del Departamento de Vinculación de los planteles o del responsable de la vinculación en la Coordinación o Asistencia Estatal de Educación Tecnológica correspondiente.


2. Determinar a nivel local y estatal las necesidades de capacitación y actualización de los docentes y de los docentes investigadores, reportándola al Jefe del Departamento de Vinculación de los planteles o del responsable de la vinculación en las Coordinaciones o Asistencias Estatales de Educación Tecnológica.


3. Procurar para el ámbito local y estatal, la investigación y desarrollo tecnológicos o el de software los cuales deberán desarrollarse en forma de trabajos multidisciplinarios, interdisciplinarios o individuales.


4. Para dar cumplimiento a lo señalado en el punto anterior, deberán generarse convenios con el sector productivo de bienes y servicios, social, asimismo con centros e institutos de investigación.


IV. ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

IV.1. De las Academias de Investigación y Desarrollo Tecnológicos en general

IV.1.1. Organización



1. Las Academias se estructurarán con base en el modelo administrativo de la DGETI, considerándose tres niveles: local, estatal y nacional.


2. Las Academias Locales funcionarán en coordinación con los Jefes del Departamento de Vinculación del plantel, las áreas afines del mismo y las Academias Estatales, quienes a través del responsable de la vinculación en las Coordinaciones o Asistencias Estatales de Educación Tecnológica, lo harán con la Academia Nacional y la Subdirección de Vinculación con el Sector Productivo de la DGETI.


3. El Comité Directivo de las Academias Locales, Estatales y Nacional estará integrado por un presidente, un secretario y cuatro vocalías, que durarán un periodo de 2 años y podrán reelegirse sólo una vez en función de los resultados alcanzados si el caso lo amerita, por un periodo igual, de acuerdo a lo estipulado en el punto de la permanencia en la academia.


4. Contar con un correo electrónico, así como integrar un directorio de correos electrónicos de las diferentes academias de investigación, del Programa de Investigación y Desarrollo Tecnológico, además de instituciones o centros de investigación.


Las vocalías cuentan con un titular y la participación de otros miembros, cuyas funciones sean afines con su actividad.


Los Comités directivos de las academias de investigación local, estatal y nacional y sus miembros de apoyo deberán:


1. Elaborar un programa anual (enero – diciembre) de actividades de las necesidades de investigación y desarrollo tecnológicos, de prototipos y de software, orientado a la generación de conocimiento y al autoequipamiento local y estatal, realizando el seguimiento del mismo y la presentación del reporte final de investigación, hasta terminar cada una de las actividades dentro del límite fijado para ello en el cronograma de actividades previamente propuesto.


2. Entregar el programa anual de actividades de la Academia de Investigación Local, Estatal y Nacional al encargado de vinculación de con el sector productivo del plantel, Coordinación o Asistencia Estatal de Educación Tecnológica o Subdirección de Vinculación con el sector productivo, según sea el caso.


3. Asistir, dar seguimiento y evaluar a los trabajos elaborados por los docentes, docentes investigadores y alumnos de la Dirección General de Educación Tecnológica Industrial.


4. Estructurar y proponer estrategias para una vinculación de calidad con el sector productivo de bienes y servicios, que propicien la investigación y el desarrollo tecnológicos, apoyándose en los Jefes del Departamento o responsables de Vinculación correspondientes.


5. Fomentar la formación de docentes investigadores, que promueva el desarrollo de jóvenes talentos científicos y tecnológicos en los diferentes planteles, así como llevar un registro de los docentes y alumnos investigadores por plantel y Coordinación Estatal.


6. Promover las vocaciones científicas, de investigación y difusión del conocimiento, en el personal docente y alumnos, a través del desarrollo de proyectos y trabajos de investigación científica que beneficien a la institución; así como la participación de estos en foros, congresos y exposiciones de difusión científica.


7. Fomentar la formación de un club de ciencia integrado por alumnos en cada uno de los planteles que componen a la DGETI, siendo un lugar en donde puedan elaborar, desarrollar experimentos y proyectos de carácter científico, con el apoyo de los docentes investigadores o de científicos externos pertenecientes a institutos o centros de investigación, invitados a participar en las actividades propias del club.


8. Producir, proponer e intercambiar resultados de investigación, innovaciones científicas y tecnológicas a nivel nacional, estatal y regional, que contribuyan a fortalecer los contrafuertes académicos y tecnológicos del subsistema.


9. Fomentar la formación de docentes investigadores, a través de otros programas de formación, actualización y capacitación académica de la DGETI, como el de Estadías Técnicas, Año Sabático, Cooperación Técnica Internacional, Becas para estudios de Posgrado y fomentar la vinculación con centros e institutos de investigación para programas de formación de investigadores.


10. Elaborar el acta de las juntas de sesión de la Academia con la firma de los asistentes.




IV.4. De la Academia Nacional de Investigación y Desarrollo Tecnológico

IV.4.1. Organización



1. La Academia Nacional de Investigación y Desarrollo Tecnológico estará constituida por docentes investigadores de los planteles que integran a la DGETI, propuestos por las Academias Estatales y será coordinada por la Subdirección de Vinculación con el Sector Productivo a través del Programa de Investigación y Desarrollo Tecnológico.


Llevar a cabo de acuerdo al programa de actividades desarrollado por la Academia Nacional de Investigación y Desarrollo Tecnológico reuniones, siendo convocadas por la Subdirección de Vinculación con el Sector Productivo.


IV.3.2. Funciones


1. Celebrar dos reuniones por año, para la última semana del mes de junio y la última semana de noviembre, remitiendo el acta correspondiente de dicha reunión a la Subdirección de Vinculación con el Sector Productivo.


Definir las líneas de investigación y las áreas de desarrollo tecnológicos, a partir de las necesidades de autoequipamiento, de acuerdo a los diagnósticos elaborados por las Academias Estatales de Investigación y Desarrollo Tecnológico, y evaluar los resultados obtenidos en cada una de ellas.


Fomentar la formación de docentes investigadores, que promueva el desarrollo de jóvenes talentos científicos y tecnológicos en los diferentes planteles, así como llevar un registro de los docentes y alumnos investigadores por plantel y Coordinación Estatal.


Desarrollar programas de innovación tecnológica a fin de promover las vocaciones científicas en los alumnos, creando una cultura científica que contribuya al mejoramiento y aprovechamiento de los recursos del país.


Motivar la participación multidisciplinaria e interdisciplinaria de docentes y docentes investigadores por estados, regiones y a nivel nacional, para la elaboración conjunta de proyectos de investigación y desarrollo tecnológicos.


Evaluar los proyectos de investigación y desarrollo tecnológico elaborados por docentes y alumnos aprobados por los Comités Directivos de las Academias Estatales de Investigación y Desarrollo Tecnológico, de acuerdo a los formatos de evaluación vigentes, anexos al presente manual.


De acuerdo a la convocatoria, remitirá los trabajos evaluados y aprobados por la propia academia, al Programa de Investigación y Desarrollo Tecnológico, perteneciente a la Subdirección de Vinculación con el Sector Productivo adjuntando el acta aprobatoria correspondiente, para la elaboración de la constancia de docente investigador.


Promover la participación de los docentes y docentes investigadores en cursos, congresos, simposiums, conferencias, seminarios y talleres.


IV.4. De los Miembros de las Academias Locales, Estatales y Nacional de Investigación y Desarrollo Tecnológico


IV.4.1. Del Presidente de la Academia

IV.4.1.1. Funciones



1. Elaborar un plan de trabajo que incluya un cronograma de actividades anual, cubriendo los objetivos de fomentar y promover la cultura científica entre los docentes y alumnos de la DGETI


2. Elaborar la agenda correspondiente con base a los lineamientos y temas señalados por la Academia.


3. Coordinar, dar seguimiento al trabajo y funciones desarrolladas dentro de la misma Academia


4. Representar a la Institución en todos los eventos concernientes a la investigación y desarrollo tecnológico.


5. Convocar y presidir las reuniones de la Academia


6. Asistir a las reuniones convocadas por la propia Academia


7. Informar después de cada reunión sobre las actividades realizadas por la propia Academia, a la instancia superior correspondiente


8. Analizar y evaluar la calidad de los trabajos desarrollados por los docentes y alumnos, en base a los análisis estadísticos obtenidos por las vocalías.


IV.4.2. Del Secretario de la Academia

IV.4.2.1. Funciones



1. Representar al Presidente, en reuniones conducentes a la Academia durante la ausencia de éste.


2. Elaborar en coordinación con el Presidente de la Academia, la agenda de trabajo, señalando lugar, día y hora de celebración de las reuniones.


3. Elaborar el acta de cada reunión de acuerdo a la agenda programada así como actualizar su registro.


4. Solicitar la identidad de los participantes en las reuniones de la Academia.


5. Dar lectura al inicio de cada reunión la orden del día para su discusión, análisis y aprobación.


6. Solicitar la firma de los asistentes para validar los acuerdos y conclusiones de los puntos tratados en cada reunión.


7. Recibir e Informar acerca de la correspondencia recibida, que envíen docentes, alumnos, así como academias de otros planteles e instituciones que tengan contacto con la misma


8. Atender y mantener comunicación vía correo electrónico con los docentes y alumnos, así como con las diferentes Academias de Investigación y Desarrollo Tecnológico, además de la Subdirección de Vinculación con el Sector Productivo de la DGETI


9. Organizar el archivo de su academia correspondiente para tener información verídica de lo anterior a lo posterior.


10. Reunir los trabajos a revisar para su análisis y evaluación


11. Revisar y evaluar junto con los demás miembros de la academia los trabajos elaborados por los docentes y alumnos


12. Enviar las actas de cada reunión a las instancias superiores correspondientes, con el objeto de tener un seguimiento que facilite la organización de las mismas.


13. Elaborar en coordinación con el Presidente de la Academia, los informes para remitirlos a la instancia superior correspondiente.


14. Elaborar en coordinación con la vocalía de divulgación de la ciencia y tecnología, el Boletín de Investigación y Desarrollo Tecnológico después de cada reunión de la academia (ver punto III.1.2)


IV.4.3 De los Vocales de la Academia


IV.4.3.1. Funciones
Cada una de las vocalías es responsable junto con el Presidente y Secretario, de revisar y evaluar los trabajos de investigación y desarrollo tecnológico elaborados por los docentes y alumnos; además deben cumplir en específico lo siguiente:


Vocalía 1. Comisión de Planeación y Evaluación: 
a) Planear el tipo de investigación y proyectos a elaborar durante el año


b) Organizar y analizar los proyectos e investigaciones a realizar


c) Elaborar un registro estadístico de los proyectos e investigaciones realizadas durante el año, así como de su impacto generado en la sociedad y en la institución


d) Evaluar y hacer el análisis tanto cuantitativo como cualitativo de los datos arrojados por la estadística


e) Plantear estrategias para el autoequipamiento en base al análisis de los datos obtenidos, así como redefinir si es necesario, las líneas de investigación para el futuro


Vocalía 2. Comisión Académica y Formación de docentes investigadores:
a) Planear estrategias adecuadas para potenciar las cualidades y habilidades que rigen a un científico, en la formación de docentes y alumnos investigadores


b) Elaborar un registro estadístico de los docentes y alumnos investigadores participantes en la elaboración de proyectos de investigación y desarrollo tecnológico


c) Evaluar y hacer el análisis tanto cuantitativo como cualitativo de los datos obtenidos por medio de la estadística


d) Replantear las estrategias para incrementar el número de docentes investigadores, así como de su actualización y formación


e) Diseñar y coordinar un programa anual de formación de docentes y eventos de carácter académico, incrementando y aportando elementos educativos en la realización de intercambios, organización de exposiciones regionales y nacionales así como; seminarios, talleres, diplomados, congresos, simpósiums, ciclos de conferencias, exposiciones y foros de difusión, apoyando también a las actividades de los clubes de ciencia. Todas las actividades serán en dos modalidades: organización y participación.


Vocalía 3. Comisión de divulgación de la ciencia y la tecnología:
a) Planear la divulgación y la recreación científica y técnica promoviendo el conocimiento haciendo uso de los diferentes medios de comunicación, para lograr una actitud favorable hacia la información y el ambiente científico en general


b) Organizar y coordinar los medios de comunicación encontrando los foros adecuados, para garantizar la participación y la generación de oportunidades en las que expresen su talento en el desarrollo de proyectos, tanto docentes como alumnos


c) Formar e integrar un consejo editorial para promover la investigación y desarrollo de proyectos al mas alto nivel, en todas las disciplinas y en diferentes modalidades como: gacetas, periódicos murales, folletos, revistas, libros, para difundir y dar reconocimiento al talento científico juvenil, así como de los profesores asesores y directivos


d) Fomentar y coordinar la intercomunicación electrónica para el intercambio de información con docentes de la DGETI, así como con científicos de otras instituciones de investigación nacionales e internacionales para difundir el quehacer científico actual.


e) Indagar en revistas de difusión científica, en programas televisivos, a través del internet, todo lo relacionado acerca de la actualidad en el desarrollo científico y tecnológico a nivel mundial, para ser difundido a la comunidad DGETI.


f) Solicitar al encargado de vinculación de la instancia correspondiente, las convocatorias de solicitud para efectos de financiamiento para la reproducción de proyectos concluidos, así como difundir las mismas en los planteles de la DGETI según corresponda


Vocalía 4. Comisión de metodología de la investigación:

a) Plantear una estructura metodológica de protocolo de la investigación, basada en las experiencias y prácticas metodológicas actuales, facilitando el conocimiento, haciéndolo explícito, concreto y utilizando un lenguaje sencillo para una mayor comprensión por parte de los lectores en los temas estudiados 
b) Difundir a los docentes y alumnos la metodología de la investigación, mediante un plan-acción que anticipe la solución a los problemas a los cuales se puede enfrentar el investigador, ayudando a vencer cualquier obstáculo que se presente en el desarrollo de su trabajo, así como tener un seguimiento y control administrativo en el proceso de su investigación.
c) Dar a conocer las diversas tipologías y modalidades de investigación para tener una perspectiva mas amplia en el campo del conocimiento y un espacio constante en su proceso de reconstrucción


d) Evaluar las modalidades y metodologías de investigación aplicadas por docentes y alumnos en la realización de sus trabajos, para lograr una mejor calidad en la estructura de los mismos. 

4 comentarios:

  1. Excelente pagina... pido permiso para usar informacion aqui presentada, con el fin de promover el area de investigacion en CBTis # 11 de Hermosillo, Sonora.

    saludos

    Prof. Ruben Alvarez Favela

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  2. Muy bien elaborada .,excelente trabajo , me permito leerla y pido permiso para utilizar información para el
    CETIS No. 112 del estado de Yucatán .

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  3. hola profr. Ruben Alvarez, excelente este informe sonre las academias, locales,estatales y nacionales. pero no e quedo claro, los integrantes de la academia de investigacion local, deben ser docentes investigadores y tener maestria y solo es para la nacional. urge me informe por favor gracias. soy presidente local de la academia de investigacion del cetis 79 de coatzacoalcos,

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